¿Cuáles son mis derechos ante una Multa Fotográfica?

 

Recibir el acta de comprobación dentro de los 30 (treinta) días de registrada la infracción en la cual conste:
a) Número de acta de comprobación;
b) Nombre del propietario del vehículo infractor;
c) Marca, modelo y dominio del vehículo infractor;
d) Tipo de infracción;
e) Fecha y hora de infracción;
f) Lugar de infracción;
g) Individualización del equipo que se utilizó para la comprobación de la infracción;
h) Nombre y apellido y número de chapa del agente de la Policía Federal Argentina que actuó en la comprobación de la infracción;
i) Fotografía del vehículo de la cual surja inequívocamente la infracción cometida;
j) Ampliación de la fotografía del vehículo de la cual surja inequívocamente la infracción cometida detallando el dominio (número de patente) del mismo.
Los reclamos por irregularidades en la confección de la multa pueden hacerse en el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires Bartolomé Mitre 760, 9º piso, Tel.: 4344-3463 /64/65 de lunes a viernes de 11:00 a 17:00 hs.

AUMENTOS NO AUTORIZADOS

UNA SUBA QUE AFECTA A MILES DE USUARIOS

Nota BCRA

NOTA ENVIADA POR ADECUA AL PRESIDENTE DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA DR. MARTIN REDRADO

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