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¿Qué se debe hacer si un bache es causante de
rotura de mi auto y lesiones a mi persona?
Se puede iniciar una demanda civil por daños y perjuicios contra los
responsables del bache, en la cual reclamará una indemnización en
concepto de daño moral, físico, daño emergente y lucro cesante.
Si se produce en una ruta o autopista concesionada, se deberá que
reclamar ante la empresa a cargo. Si ocurre en una ruta nacional o
autopista nacional no concesionada el reclamo se eleva a la
Dirección Nacional de Vialidad. En las calles, avenidas y autopistas
urbanas no concesionadas el reclamo se efectuará ante la autoridad
municipal correspondiente.
El reclamo en Capital Federal se debe hacer en la Mesa General de
Entradas y Archivo ubicada en Av. Rivadavia 524, Tel. 4323-9400
internos 2058/59 o 2187 Tel.: 4323-9400 interno 2187.
La nota del reclamo debe estar acompañarla por:
-Denuncia policial.
-Fotografías del siniestro.
-Documento de identidad (Original y Fotocopia)
-Acreditación de la titularidad del vehículo (Original y fotocopia
del Título y Cédula Verde)
-Póliza de seguros. (Original y Fotocopia)
-Tres (3) Presupuestos de reparación de daños
Con estos elementos se conformará un expediente en el que
intervendrán las correspondientes áreas al Gobierno de la Ciudad
afectadas al reclamo
¿Dónde tramitar el reclamo si un árbol cae y aplasta mi vehículo?
En caso de producido el siniestro la persona damnificada puede
iniciar el reclamo de resarcimiento económico por daño casual ante
el Gobierno de la Ciudad.
El reclamo se inicia en la Mesa General de Entradas y Archivo
ubicada en Av. Rivadavia 524, Tel. 4323-9400 internos 2058/59 o
2187.
La nota del reclamo debe estar acompañado por:
1. Denuncia policial.
2. Fotografías del siniestro.
3. Documento de identidad (Original y Fotocopia)
3. Acreditación de la titularidad del vehículo (Original y fotocopia
del Título y Cédula Verde)
4. Póliza de seguros. (Original y Fotocopia)
5. Tres (3) Presupuestos de reparación de daños
Con estos elementos se conformará un expediente en el que
intervendrán las correspondientes áreas al Gobierno de la Ciudad
afectadas al reclamo.
¿Qué hago si me chocan o roban el auto en un estacionamiento?
El propietario de la cochera deberá responder por los gastos. Si
bien en tales lugares se encuentran carteles que dicen deslindar
responsabilidades, por el contrario, el concesionario tiene
responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pueda ocasionar
a terceros y sus pertenencias.
Está obligado a contratar un seguro y el cliente debe ser
indemnizado ya que está avalado por la Ley de Defensa del
Consumidor, según lo establece su artículo 37 donde se especifica
que carecen de validez las cláusulas por las que las empresas
pretenden liberar responsabilidades ante el consumidor.
Las playas de estacionamiento de los supermercados están sujetas a
las mismas obligaciones.
En la Ciudad de Buenos Aires se puede reclamar ante la Dirección
General de Defensa y Protección al Consumidor, Esmeralda 340, 2º
Piso, Tel.: 5382-6200/6210, lunes y jueves de 10:00 a 12:00 hs.
En el caso de tratarse de playas de estacionamiento concesionadas
por el Gobierno de la Ciudad se podrá reclamar asimismo ante el:
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad de
Buenos Aires, Bartolomé Mitre 760, 9º piso, Tel. 4344-3463 /64/65 de
lunes a viernes de 11:00 a 17:00 hs.
¿Qué debo hacer si la carga de un transporte cayó y me dañó el
vehículo?
La carga o parte de esta que cayera sobre un vehículo hará
responsable al conductor del transporte cuyo seguro contra tercero
resarcirá los daños provocados.
En caso de que ocurriera el siniestro se deben tomar los datos de
identificación del conductor, del transporte, Nro. de póliza de
seguros, Nro. de patente, y realizar la denuncia policial y en su
compañía de seguros. |