|
La Ley de Defensa del Consumidor explica de manera
clara cuando afirma en su Artículo 1° reglamentario de la Ley
24.240: “En caso de venta de viviendas prefabricadas, de los
elementos para construirlas o de inmuebles nuevos destinados a
vivienda, se facilitará al comprador una documentación completa
suscripta por el vendedor en la que se defina en planta a escala la
distribución de los distintos ambientes de la vivienda y de todas
las instalaciones, y sus detalles, y las características de los
materiales empleados”.
IMPORTANTE
Si usted está decidido a comprar una vivienda prefabricada debe
exigir en primer lugar que se cumpla con los enunciados
precedentemente expuestos.
En segundo lugar, sugerimos que tenga en consideración algunas
irregularidades comunes, que se presentan a la hora de la compra de
la vivienda, por ejemplo: al abonar una seña por la vivienda a
instalar, no le informan sobre adicionales, tales como gastos
administrativos, traslado, armado, etc. |