Los vencimientos entre el 13 y el 30 de abril pueden ser refinanciados sin necesidad de ningún trámite. Tasas, cuotas, plazos, saldos en dólares y qué pasa con los débitos automáticos que ya se realizaron.
Como parte de las medidas destinadas a aliviar el parate económico que trajo la cuarentena, el Banco Central había dispuesto la postergación de los vencimientos de tarjetas de crédito hasta el próximo lunes 13 de abril, sin aplicar intereses ni recargos.
Al extenderse las medidas de aislamiento obligatorio y la inactividad de muchos sectores económicos, hoy se anunció que los saldos impagos de las tarjetas de crédito podrán acceder a un plan de refinanciación con una tasa del 43% y el pago de 9 cuotas mensuales, con 3 de gracia.
Las siguientes son las respuestas a las dudas más frecuentes sobre en nuevo esquema:
1 - ¿Qué consumos se pueden refinanciar?
Todos los resúmenes de tarjetas de crédito bancarias que tengan vencimiento entre el 13 y el 30 de abril deberán ser refinanciados en forma automática. Por decisión del Banco Central, el vencimiento de los resúmenes de las tarjeta de crédito ocurridos entre el 20 de marzo y el 12 de abril ya habían sido aplazados hasta el 13 de abril, sin aplicar intereses resarcitorios.
2 - ¿Quiénes pueden acceder al refinanciamiento?
Todos los clientes de tarjetas de crédito. Quienes no quieran utilizarlo, simplemente tendrán que pagar en las fechas originalmente previstas y el refinanciamiento no se le aplicará.
3 - ¿Cómo es el plan que dispuso el BCRA y cuál es su costo?
El refinanciamiento será en 9 cuotas mensuales, iguales y consecutivas con una tasa nominal anual del 43%, que a partir de hoy pasa a ser la tasa máxima que los bancos podrán cobrar como interés compensatorio por los saldos financiados con tarjeta de crédito (la tasa anterior era del 49%). El plan incluye tres meses de gracia, por lo que la primera cuota se pagará en agosto.
4 - ¿Cuál será la cuota que hay que pagar?
Por cada 1.000 pesos refinanciados, la cuota será de 147 pesos. En cualquier momento, el cliente podrá cancelar anticipadamente el saldo cuando quiera y sin costos, a excepción del interés compensatorio generado hasta el momento de esa cancelación.
5 - ¿Qué hay que hacer para pedir este plan de financiación?
No hay necesidad de hacer ningún trámite por parte del titular de la tarjeta. Todos los saldos impagos entre el 13 y el 30 de abril deberán ser automáticamente refinanciados por parte de los bancos en las condiciones explicadas.
6 - ¿Se debe cancelar el pago mínimo para acceder a la financiación?
No. La refinanciación se hará por el total del resumen de la tarjeta. Quien ya hubiera hecho el pago mínimo (u otro pago parcial) podrá refinanciar el saldo restante.
7 - ¿Qué ocurre con el que ya pagó su resumen a través del débito automático?
Puede revertir el pago. El cliente puede pedir que se le devuelva lo pagado mediante el débito automático, a través de los canales que tenga a disposición el banco, y luego utilizar el plan de financiación. Si lo pide, el banco debe devolverle los fondos debitados dentro de los 3 días hábiles siguientes.
8 - ¿Se pueden financiar dos resúmenes juntos?
Si un resumen venció el 20 de marzo y el siguiente vence el 20 de abril, el cliente podrá recibir el plan de refinanciación por la suma de ambos saldos.
9 - ¿Puede refinanciarse el saldo en dólares?
Sí, del mismo modo que los consumos en pesos. El saldo en dólares será pesificado, incluyendo el 30% del impuesto P.A.I.S., y podrá ser refinanciado con las mismas condiciones que el saldo en pesos. La refinanciación incluirá el impuesto.
10 - ¿Las deudas con tarjetas no bancarias se pueden refinanciar de la misma manera?
No. El plan dispuesto por el Banco Central aplicará exclusivamente a las tarjetas de crédito emitidas por bancos. No se conocen hasta el momento ninguna medida similar para las deudas de tarjetas no bancarias.
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